Fintech, pagos y activos digitales: mapa para una empresa
Ley Fintec 21.521
Regula, entre otros:
- plataformas de financiamiento colectivo;
- sistemas alternativos de transacción;
- asesoría crediticia;
- asesoría de inversión;
- custodia de instrumentos financieros;
- enrutamiento de órdenes;
- intermediación de instrumentos financieros.
La CMF mantiene el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (RPSF). Inscribirse no siempre basta: la CMF señala que la prestación de servicios regulados requiere autorización cuando corresponda.
Fuente: https://www.cmfchile.cl/portal/principal/623/w4-article-60920.html
NCG 502
Regula registro, autorización y obligaciones de los prestadores Fintec.
Sistema de Finanzas Abiertas
En junio de 2026 la CMF modificó NCG 514, incorporó especificaciones técnicas y postergó su entrada en vigor hasta julio de 2027.
Fuente: https://www.cmfchile.cl/portal/prensa/625/w4-article-110881.html
UAF
Si la actividad está dentro del artículo 3 de la Ley 19.913:
- registro;
- oficial de cumplimiento;
- sistema preventivo;
- debida diligencia;
- registros;
- ROS/ROE según corresponda;
- capacitación;
- conservación de evidencia.
Fuente: https://www.uaf.cl/es-cl/sujetos-obligados/sector-privado/quienes-deben-reportar
Activos digitales
No asumir que “usar blockchain” elimina regulación. Analizar:
- qué derecho representa el token/activo;
- quién custodia;
- si hay instrumento financiero;
- si existe medio de pago;
- si se intermedia;
- AML;
- impuestos;
- protección al cliente;
- ciberseguridad;
- transferencias internacionales.
Regla
Primero clasificar jurídicamente el servicio; después elegir la tecnología.